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Tribunal de la Araucanía
GARCIA ECHAVARRI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 25-06-2014 · Materia: Liquidación
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra liquidación de Impuesto Global Complementario 2010, reconociendo créditos por impuesto territorial e impuesto de primera categoría pagados en 2009 por sociedades en que participa.
Leonardo García Echavarri reclama liquidación N° 109201000022 del 24 de septiembre de 2012 que determina diferencia de $2.855.720 en Impuesto Global Complementario 2010. Contribuyente es socio de sociedades (Agrícola Frutasur, Agrícola y Forestal Orzonaga, Forestal Loma Verde y otras) que pagaron impuesto de primera categoría e impuesto territorial en 2009. SII reconoció solo $5.278.224 por impuesto de primera categoría cuando contribuyente declaró $28.536.973, y $818.495 por impuesto territorial cuando declaró $11.171.354.
Tribunal analiza dos puntos controversiales: (1) crédito por impuesto de primera categoría pagado 2009, determinando que sociedades Frutasur, Orzonaga y Loma Verde son socias de Forestal Catango que sí pagó impuesto ($16.544.679), por lo cual corresponde reconocer crédito del contribuyente en proporción a su participación accionaria; (2) crédito por impuesto territorial, acreditado mediante declaraciones juradas N° 1893 y certificados emanados del propio SII. Tribunal considera que información disponible al SII al momento de liquidación permitía reconocer ambos créditos, rechazando alegación d
Ha lugar al reclamo. Se modifica Liquidación N° 109201000022 eliminando agregados por impuesto territorial ($818.495) e impuesto de primera categoría ($5.278.224) pagados 2009, determinando base imponible de Impuesto Global Complementario 2010 en $91.752.400. Sin condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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