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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
EL BOSQUE NOVENTA SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 07-11-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de El Bosque 90 SpA contra liquidación de IVA que rechaza deducción de valor de terrenos no adquiridos al momento de emitir factura de promesa de venta.
El Bosque 90 SpA emitió factura N°3 el 10 de enero de 2011 por $1.712.061.232 por promesa de venta de oficinas al Banco de Chile. La sociedad dedujo del precio el valor de terrenos incluidos en la operación, aunque los adquirió recién en septiembre de 2011 mediante leasing con Banco Santander. El SII objetó la deducción mediante Citación N°175/14 de 23 de noviembre de 2012 y dictó Liquidación N°504 de 27 de diciembre de 2012 por $75.022.989, argumentando que la sociedad no era propietaria de los terrenos al momento de la emisión de la factura.
El tribunal analiza que el artículo 17 de la Ley del IVA permite deducir el valor de adquisición del terreno o su avalúo fiscal de la base imponible, pero el sentido natural de 'valor de adquisición' presupone adquisición previa y efectiva del bien. No es procedente deducir un valor de adquisición antes de que el terreno sea efectivamente adquirido, ya que: (1) todo costo debe ser efectivo, determinado y comprobable; (2) antes de la adquisición del terreno no existe hecho gravado ni impuesto que calcular; (3) si el legislador hubiera permitido estimaciones, lo habría dicho expresamente. Respec
Se rechaza íntegramente el reclamo presentado por El Bosque 90 SpA en contra de la Liquidación N°504 de 27 de diciembre de 2012, confirmándose esta en todas sus partes. No se condena en costas a la parte reclamante.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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