Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de Valparaiso
RECICLAJES MARBELLA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 15-12-2014 · Materia: Artículo 19 Nº 21 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración del derecho a ejercer actividad económica (art. 19 N°21 CPR) deducido por contribuyente contra fiscalización del SII, por no existir perturbación concreta del derecho invocado ni acto u omisión ilegítima.
Reciclajes Marbella S.A. presentó su declaración de renta del año tributario 2014 el 9 de mayo de 2014, determinando un saldo a favor de $1.320.421. El SII impugnó dicha devolución el 22 de mayo de 2014 y remitió carta el 5 de junio de 2014 comunicando observaciones, incluyendo la J01 (declaración objetada por Departamento de Delitos Tributarios). La compañía había sido denunciada por delito tributario en 2013 (causa RUC 1300289557-3), pero la Fiscalía de Viña del Mar archivó la causa el 7 de mayo de 2014. La reclamante impugna la fiscalización alegando vulneración de su derecho a ejercer acti
El Tribunal establece que el amparo tributario aduanero procede respecto de acciones u omisiones que ilegítimamente perturben el ejercicio de derechos garantizados en el artículo 19 N°21 de la CPR. Sin embargo, para acoger la acción, el reclamante debe ser titular de un derecho concreto cuyo legítimo ejercicio haya sido efectivamente perturbado. El Tribunal constata que: (i) las observaciones no impiden el normal funcionamiento comercial del reclamante; (ii) no consta solicitud alguna de devolución de IVA exportador, condonaciones o beneficios tributarios que haya sido denegada; (iii) la autor
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos deducido por Reciclajes Marbella S.A. contra el Servicio de Impuestos Internos. Se declara sin lugar al reclamo de fojas 1. Se absuelve de costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.