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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERMOB S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 18-03-2015 · Materia: Resolución
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación contra Resolución SII N°3131 que denegó devolución de PPUA por $237.567.735, anulando la resolución por fundamentación insuficiente y ordenando nueva resolución con análisis adecuado de documentos aportados.
SERMOB S.A. declaró pérdida de $1.406.838.592 en AT 2011 y solicitó devolución de $495.305.788 (PPM $224.388.204, crédito capacitación $33.349.849, PPUA $237.567.735). SII emitió Notificación N°1174-4 requiriendo antecedentes. Contribuyente aportó respuesta parcial el 27-10-2011. Con Notificación N°0626876 se requirió acreditación de cuentas contables. SII emitió Resolución N°3131 (25-04-2012) denegando devolución de PPUA por no acreditarse pérdida tributaria. Contribuyente impugnó mediante RAF y reposición administrativa, rechazadas.
Tribunal analiza que fundamentación de resolución reclamada es insuficiente, pues no especifica qué documentos fueron aportados, cuáles no, ni valoración de los presentados. La motivación debe explicar hechos determinantes de la decisión de denegar totalmente la devolución. Conforme a artículos 11, 16 y 41 de Ley N°19.880 y artículo 19 N°3 CPR, actos administrativos requieren fundamentación adecuada como requisito de validez. Control jurisdiccional de TTA es de legalidad formal y material. Tribunal omite pronunciarse sobre procedencia de devolución, permitiendo que SII dicte nueva resolución c
Acoge parcialmente reclamo dejando sin efecto Resolución SII N°3131 por fundamentación insuficiente. Rechaza en demás lo demandado. Ordena a SII emitir nueva resolución pronunciándose sobre devolución solicitada con fundamentación adecuada y valoración de documentos aportados. No condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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