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Tribunal del Biobio
COMERCIALIZADORA DE ALGAS BIOSEAWEEDS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 24-06-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo de exportadora por utilización de créditos fiscales IVA respaldados en facturas falsas de combustible, por incumplimiento de requisitos legales de pago y falta de acreditación de operaciones reales.
Comercializadora de Algas Bioseaweeds S.A., empresa exportadora, solicitó devolución de IVA exportador por $12.761.711 período octubre 2013. El SII rechazó parcialmente la devolución por $4.514.294 (IVA $2.690.534 e Impuesto Petróleo Diesel $1.823.760), argumentando que los créditos se respaldaban en facturas falsas de la Distribuidora de Combustibles Los Ángeles Limitada (facturas 1176 y 1183 por 30.000 litros de petróleo diesel). Las irregularidades detectadas fueron: fecha de timbraje posterior a recepción, capacidad de almacenamiento insuficiente en plantas de la empresa (9.490 y 300 litro
El tribunal aplicó el artículo 21 del Código Tributario, estableciendo que corresponde al contribuyente probar con documentos fidedignos la verdad de sus operaciones. Respecto al artículo 23 Nº5 DL 825, determinó que constituye norma de resguardo para crédito fiscal, exigiendo pago mediante cheque nominativo, vale vista o transferencia electrónica. La empresa no probó pago conforme a estos requisitos. Además, los hechos revelaron inconsistencias graves: capacidad de almacenamiento real de 6.500 litros versus 30.000 litros solicitados, registros de producción solo desde 21 octubre 2013 en adela
Se rechaza integralmente el reclamo contra Resolución Exenta Nº 6321 de 17 julio 2014. Se rechaza petición subsidiaria de aceptación parcial de créditos. Se confirma íntegramente la resolución reclamada. Se condena en costas a la parte vencida.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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