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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES E INMOBILIARIA GREZ LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 07-08-2015 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo por prescripción de impuestos en partida 1 de Liquidación 215, rechazándose crédito por contribuciones por falta de acreditación de usufructo inscrito.
Inversiones e Inmobiliaria Grez Ltda. declaró ingresos de $70.810.932 en AT 2010, pero SII encontró que vendió inmuebles por $160.000.000 en 2009 según escritura pública. SII emitió Citación 193(R) del 26.04.2013 (notificada 27.04.2013) requiriendo rectificación. La empresa no concurrió. SII liquidó mediante Liquidación 215 del 26.07.2013 (notificada 27.07.2013) determinando $160.000.000 en ingresos no declarados y rechazando rebaja de $974.808 por contribuciones. La empresa recurrió administrativamente y fue rechazada.
El tribunal determinó que la operación de dación en pago de inmuebles se perfeccionó en 2008, por lo que debió declararse en AT 2009. Conforme a artículos 15, 19, 200 CT y reglas de prescripción, el plazo para liquidar era de 3 años desde vencimiento de plazo legal de pago, ampliado por 3 meses desde citación. Como la citación fue del 26.04.2013, la liquidación del 26.07.2013 fue practicada fuera de plazo prescriptivo. Respecto del crédito por contribuciones, aunque se acreditó el pago, no se probó inscripción en Conservador de la escritura de usufructo, requisito legal para tener tal calidad
Se acoge parcialmente el reclamo: se anula Partida 1 de Liquidación 215 por prescripción; se rechaza solicitud sobre Partida 2 (crédito por contribuciones); se ordena reliquidación conforme a lo resuelto; cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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