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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD EMATEL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 27-11-2015 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de EMATEL S.A. contra denegación de devolución de impuestos por $16.405.644, confirmándose resoluciones del SII que denegaron la devolución por falta de acreditación de antecedentes.
EMATEL S.A. presentó declaración de renta 2012 solicitando devolución de $47.604.091 por PPUA. El SII devolvió $31.198.447 el 29 de mayo de 2012 y retuvo $16.405.644 para revisión. Mediante notificación del 21 de junio de 2012, se requirió acreditación de la devolución. La empresa presentó documentos en agosto y octubre de 2012. El SII negó la devolución mediante Resolución Ex. N°115000000372 de 19 de noviembre de 2012, y posteriormente denegó la Revisión de Actuación Fiscalizadora mediante Resolución Ex. N°28.166 de 15 de julio de 2013.
El tribunal rechazó los argumentos sobre vulneración de derechos (artículos 8 bis N°8 y N°9 del Código Tributario) por no haberse ejercido la acción en el procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos conforme al artículo 8 bis inciso segundo del Código Tributario. Respecto de la Resolución N°28.166, no es reclamable por procedimiento general ya que los artículos 123 y 124 del Código Tributario no contemplan reclamación contra resoluciones sobre solicitudes de Revisión de Actuación Fiscalizadora. En cuanto al fondo, la empresa no acreditó en juicio el derecho a la devolución, p
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirman las Resoluciones Ex. N°115000000372 de 19 de noviembre de 2012 y N°28.166 de 15 de julio de 2013. Se condena en costas a la parte reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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