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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES LEDE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 02-12-2015 · Materia: Giro
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra giro por impuesto a la renta 2009, anulándolo por haber sido emitido fuera del plazo de prescripción de 3 años.
Inversiones Lede Limitada presentó declaración de impuesto a la renta para el año tributario 2009 el 29 de abril de 2009. El SII detectó diferencias y notificó liquidación el 1° de febrero de 2012. Con fecha 4 de abril de 2013, el SII emitió giro por $18.417.433 más reajustes, intereses y multas. La reclamante cuestionó la falta de notificación de la liquidación, la ausencia de citación previa y alegó prescripción de la acción de cobro.
El tribunal estableció que la liquidación fue válidamente notificada el 1° de febrero de 2012 mediante carta certificada, rechazando los argumentos sobre falta de notificación y citación previa. Sin embargo, acogió la alegación de prescripción. Considerando que el impuesto estaba adeudado al 30 de abril de 2009, el plazo de 3 años para que el SII emitiera el giro vencía el 30 de abril de 2012. Al haberse emitido el giro el 4 de abril de 2013, se encontraba fuera del plazo de prescripción establecido en el artículo 200 del Código Tributario. La interrupción por notificación de liquidación conte
Se acoge parcialmente el reclamo disponiendo la anulación del giro emitido el 4 de abril de 2013 por haber sido emitido fuera del plazo de prescripción. Se rechaza reclamación por otros fundamentos. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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