Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal del Biobio
RIQUELME LEPEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 18-03-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta por venta de inmueble, confirmando presunción de habitualidad al verificarse menos de un año entre adquisición y enajenación.
Valentina Riquelme Lépez adquirió bien raíz en San Pedro de la Paz el 26 de abril de 2011 mediante adjudicación en remate por $27.800.000, destinado a vivienda. Lo enajenó el 10 de febrero de 2012 por $42.202.390. El SII emitió liquidaciones nos. 504 y 505 de junio de 2015 por diferencias de impuesto a la renta de Primera Categoría y Global Complementario del año tributario 2013, tras observación en declaración de impuesto por mayor valor en venta de bienes raíces.
El tribunal analiza si concurre el elemento habitualidad conforme al artículo 18 de la LIR. Constata que entre adquisición (26 de abril 2011) y enajenación (10 de febrero 2012) transcurrió menos de un año, configurándose la presunción simplemente legal del inciso 3º del artículo 18 DL 824. Según artículos 21 y 132 del Código Tributario, corresponde al contribuyente desvirtuar la presunción con prueba suficiente. La reclamante no aportó prueba alguna en el proceso, por lo que no desvirtuó la presunción. El mayor valor obtenido queda afecto a impuestos del régimen general (Primera Categoría y Gl
Se rechaza el reclamo deducido contra liquidaciones nos. 504 y 505 de junio de 2015, confirmándose las actuaciones administrativas. Se condena en costas a la reclamante por vencimiento total.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.