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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ACENOR ACEROS DE NORTE S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE
Fecha: 22-03-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de ACENOR contra denegación de devolución de PPUA por $203.252.137, confirmando que la sociedad no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria del ejercicio 2013.
ACENOR presentó su declaración de Impuesto a la Renta para el año tributario 2013 determinando una pérdida de $1.195.600.809 y solicitó devolución de PPUA por $203.252.137. El SII realizó fiscalización mediante dos notificaciones requeriendo antecedentes. ACENOR aportó documentación el 31 de marzo de 2014. Mediante Resolución Exenta N° 120 de 29 de abril de 2014, el SII denegó la devolución alegando que no se acompañaron todos los antecedentes solicitados. ACENOR interpuso reclamo tributario alegando vulneración del principio de motivación.
El tribunal analiza que para la deducción de gastos y pérdidas tributarias se requiere cumplir copulativamente con requisitos establecidos en el artículo 31 de la LIR, incluyendo que se acrediten fehacientemente. Señala que las pérdidas de ejercicios anteriores deben acreditarse mediante libros contables autorizados y documentación de respaldo. Examina los documentos aportados por ACENOR y concluye que resultan insuficientes, faltando libros contables esenciales (Inventario y Balance, Mayor, Diario) y documentación de respaldo de deducciones de RLI y créditos de Impuesto de Primera Categoría.
Rechaza el reclamo interpuesto. Confirma la Resolución Exenta N° 120 del SII que deniega la devolución de PPUA. No condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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