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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SOBARZO MIERZO con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 26-05-2017 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra caducidad de beneficios DFL-2 por vivienda económica arrendada para habitación a través de intermediaria, desestimando que uso comercial de tercero altere naturaleza habitacional del inmueble.
Pablo Sebastián Sobarzo Mierzo es propietario de departamento 1513 en Miraflores 455, Santiago, acogido a beneficios DFL-2. Desde 2009 arrienda inmueble a Turismo y Transportes Soho Limitada para arrendamiento amoblado a terceros. SII dictó Resolución Exenta 793 de 17 agosto 2015 declarando caducados los beneficios, alegando que Plaza Centro S.A. (empresa distinta que recibía subarriendos) prestaba servicios anexos propios de explotación hotelera. Reclamante impugna resolución argumentando que el inmueble siempre mantuvo destino habitacional y que no autorizó servicios anexos.
El tribunal analiza jurisprudencia del Tribunal Especial de Alzada (Inversiones Java S.A., 2002) que establece que la condición de vivienda económica no se altera porque el arrendatario le dé explotación comercial, siempre que mantenga su destino habitacional. Distingue entre alteración de condiciones materiales del inmueble versus uso que le da el arrendatario. Considera que el SII carece de competencia para privar de beneficios basándose en actividades de terceros independientes no autorizadas. Analiza artículos 162 y 167 LGUC que permiten pequeño comercio en viviendas económicas siempre que
Se acoge reclamo de Pablo Sebastián Sobarzo Mierzo contra Resolución Exenta 793 del SII. Se deja sin efecto dicha resolución, manteniéndose vigentes todos los beneficios, franquicias y exenciones del DFL-2 para la vivienda económica ubicada en Miraflores 455, departamento 1513, Santiago, Rol de Avalúo 150-190.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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