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Tribunal R. Metropolitana. Primero
AZAR DENECKEN y otro con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 27-06-2017 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra resolución del SII que dejaba sin efecto retroactivamente desde 2012 la exención de impuesto territorial de un inmueble deportivo. El tribunal ordena que la modificación rija solo desde 2016.
Unión Española SADP, sociedad anónima deportiva, era usufructuaria de un inmueble (rol 3256-8) que gozaba de exención del 100% del impuesto territorial. El SII, mediante resolución de abril de 2015, dejó sin efecto retroactivamente esa exención a contar del 1 de enero de 2012, por falta de documentación acreditativa de los requisitos legales. La sociedad reclama argumentando que el cobro retroactivo es ilegal y que el SII no acreditó la pérdida de la exención sino hasta 2015.
El tribunal establece que el error u omisión en el otorgamiento de exenciones (letra g del artículo 10 de la Ley 17.235) no está contemplado en las excepciones de retroactividad del artículo 13, por lo que se rige por la norma general que dispone que las modificaciones regirán desde el 1° de enero del año siguiente a aquel en que se constate la causal. Como el SII constatóla causal en 2015, la modificación debe regir desde el 1° de enero de 2016. El tribunal acoge la tesis de la reclamante respecto a que el artículo 19 debe interpretarse armónicamente con el artículo 13 y solo permite cobro re
Se acoge el reclamo. Se modifica la resolución del SII ordenando que la eliminación de la exención rige solo a partir del 1° de enero de 2016, eliminando el cobro retroactivo desde 2012. Se omite pronunciamiento sobre otras alegaciones y no se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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