Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal L.G.B. Ohiggins
Inmobiliaria San Andres SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 12-07-2017 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de inmobiliaria por error en superficie de avalúo; confirma reducción de 50.814 a 33.986 m² al acreditarse recepción de obras públicas.
Inmobiliaria San Andrés S.A. reclama modificación del avalúo del Rol 9000-1 de Rancagua, alegando error en cálculo de superficie. Sostiene que la superficie debe ser 38.243,46 m² en lugar de 50.814 m², argumentando que 12.571 m² fueron cedidos como bienes de uso público en 2008 y deben deducirse desde 2012. El SII modificó el avalúo en 2015, reduciendo la superficie a 33.986 m² con vigencia desde 2014, tras acreditarse la recepción definitiva de obras del proyecto Brisas de la Cruz mediante certificados municipales de diciembre 2013.
El tribunal analiza que la sola cesión de terrenos para uso público no basta para deducir la superficie; se requiere la recepción definitiva de obras conforme al artículo 135 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Durante el período entre cesión y recepción, la inmobiliaria mantiene calidad de ocupante obligado al pago de impuesto territorial. Los certificados de recepción definitiva N° 676 y 677 de la Municipalidad de Rancagua de 30 de diciembre 2013 acreditan que las Etapas I y II del proyecto fueron recepcionadas, justificando la reducción a 33.986 m² con vigencia desde 1° enero 2
Se rechaza el reclamo en todas sus partes, confirmando la Resolución EX.SII N°A06.2015.00021635 de 29 de septiembre 2015. Se condena en costas a la reclamante por falta de motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.