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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
TRUCCO BRITO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 20-07-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación que rechazaba reinversión de utilidades por $2.232.939.604. Se prueba fehacientemente que contribuyente efectuó retiro y reinversión conforme artículo 14 LIR.
Rodrigo Gabriel Trucco Brito fue liquidado por $906.423.696 en impuesto global complementario del año 2011, más reajustes e intereses, por no acreditar reinversión de $2.232.939.604 que retirara de Inversiones y Gestión Financiera Dos Limitada para reinvertir en Inversiones Santa Sara Limitada en diciembre de 2010. El retiro fue en especie, mediante cesión de una cuenta por cobrar derivada de venta de acciones del año 2004. El SII cuestionó la materialidad de la reinversión pese a registros contables, documentos privados de cesión de crédito y certificados tributarios.
El tribunal establece que conforme al artículo 14 letra c) LIR, las rentas retiradas para reinvertir en otras empresas, cumpliendo requisitos de fondo, forma y oportunidad, gozan del beneficio de quedar pendientes de tributación. Se acredita fehacientemente: (1) existencia de contratos de compraventa de acciones de 2004 por $2.649.996.510; (2) retiro de $2.502.391.141 el 31.12.2010 de la primera sociedad, disminuyendo su FUT; (3) reinversión de $2.232.939.604 en la segunda sociedad, aumentando su FUT; (4) registros contables concordantes en libros diarios, mayores, FUT, declaraciones juradas y
Se acoge íntegramente el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°205 de 27 de agosto de 2013. Se ordena al Director Regional Metropolitana Santiago Oriente disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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