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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
WADA ENTERPRISE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 10-08-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de WADA Enterprise contra liquidación por subdeclaración de ingresos y pérdida de ejercicios anteriores en AT 2010, por insuficiente acreditación de partidas objetadas.
WADA Enterprise S.A. presentó declaración de impuesto a la renta para AT 2010 con ingresos por $1.015.870.138 y pérdida de ejercicios anteriores por $478.226.907. El SII fiscalizó y notificó Citación N°15 requiriendo acreditación de ingresos y pérdidas. Al no responder, emitió Liquidación N°169 (23.07.2013) determinando diferencia de $193.932.069 por ingresos subdeclarados ($665.746.129) y pérdida no acreditada ($478.226.907). La reclamante alegó que ingresos y pérdidas estaban en su contabilidad y que la acción fiscalizadora se encontraba prescrita.
El tribunal determinó que la parte reclamante no aportó documentación suficiente para acreditar las partidas objetadas. Respecto a ingresos: el balance refleja sólo resultado neto de operaciones sin documentación de respaldo (facturas, formularios 29, libro de ventas). Sobre la venta de inmueble Casas de Oregón, no se explicó debidamente el costo histórico reajustado ni los costos de mejoras. Respecto a la prescripción de la pérdida de arrastre: conforme jurisprudencia de la Corte Suprema, el SII puede fiscalizar pérdidas incurridas en años prescritos cuando se hacen valer en períodos no presc
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Liquidación N°169 en todas sus partes. Se rechaza solicitud de inadmisibilidad probatoria. Se condena en costas a la parte reclamante por haber sido totalmente vencida.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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