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Tribunal del Maule
ARRIAGADA GAJARDO con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 31-08-2017 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Víctor Hugo Aedo Lara
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra multa por pérdida no fortuita de facturas, confirmando infracción por falta de concordancia en declaraciones y ausencia de medidas de custodia adecuadas.
Contribuyente Miguel Arriagada Gajardo perdió facturas Nos. 313 a 318 sin emitir. El 05.08.2016 dejó constancia en Carabineros de extravío de documentos de su vehículo. El 12.08.2016 presentó voluntariamente aviso de pérdida ante SII mediante formulario F3238, declarando como causa un robo, acompañando constancia de Carabineros y publicaciones en prensa. El 29.08.2016 el SII notificó acta de infracción por pérdida no fortuita. El contribuyente reclamó alegando que la auto-denuncia era anterior a la notificación y que se trataba de caso fortuito.
El tribunal analizó la infracción tipificada en artículo 97 N°16 del CT, que presume pérdida no fortuita salvo prueba en contrario. Encontró discordancia entre los documentos presentados: en el formulario F3238 declara robo, en Carabineros reporta extravío desconociendo si alguien las recogió, y en avisos de prensa califica como extravío. El tribunal concluyó que estas inconsistencias evidencian falta de caracterización de un caso fortuito. Además, advirtió que guardar documentos tributarios en maletín dentro de vehículo no corresponde a deberes de diligencia y cuidado exigibles. No se acredit
Se rechaza reclamo y confirma Acta de Infracción N°77316008867 del 29.08.2016 por pérdida no fortuita de facturas. Se aplica multa de $139.800 (tres UTM). No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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