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Tribunal R. Metropolitana. Primero
MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 28-09-2017 · Materia: Resolución
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Manpower por denegación de devolución de pago provisional. Se reconocen gastos por arriendos y castigo de pagarés, pero rechaza otros gastos por falta de acreditación fehaciente.
Manpower Centro de Formación Técnica Ltda. presentó declaración de renta 2014 solicitando devolución de $23.047.396 por pago provisional de impuesto de primera categoría, declarando pérdida tributaria de $135.572.917. El SII denegó la devolución mediante Resolución 4997(175) de 13 de diciembre de 2014, estimando que la empresa no acreditó suficientemente la pérdida. La RAV confirmó la denegación. Manpower reclama en tribunal argumentando que aportó documentación necesaria y que los gastos cumplen requisitos del artículo 31 de la LIR.
El tribunal analizó la acreditación de diversos gastos: remuneraciones ($823.457.192), arriendos ($223.724.715), asesorías ($159.283.927), publicidad ($142.962.203), honorarios directorio ($120.481.854), gastos comunes ($66.971.221), asistencia técnica ($43.204.372), depreciación ($31.634.136), mantención de edificios ($296.899.252), otros gastos ($139.188.392), cuentas incobrables ($79.036.463) y castigo pagaré ($181.354.451). Mediante prueba testimonial se acreditó la gestión de cobranza realizada por empresas especializadas, permitiendo reconocer cuentas incobrables y castigo pagaré como ga
Se acoge en parte el reclamo. Se modifica Resolución 4997(175), reconociéndose gasto por arriendos de $56.000.000 y castigo pagaré de $181.354.451. Se rechaza reclamación respecto de otros gastos por falta de acreditación fehaciente. Se modifica pérdida tributaria y recalcula PPUA para 2014. Sin condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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