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Tribunal del Biobio
CEMENTOS BÍO BÍO DEL SUR S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 11-12-2017 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Cementos Bío Bío del Sur contra Resolución que disminuye pérdida tributaria 2013, por deducción indebida de pérdidas de arrastre de años anteriores que fueron modificadas por el SII.
Cementos Bío Bío del Sur S.A. declaró pérdida tributaria de $10.271.510.053 para el año 2013, componiendo parte de ella con pérdidas de arrastre de ejercicios 2010-2012 por $6.297.917.120. El SII, mediante Resolución 145 de agosto 2015, había modificado la pérdida del año 2012 de $6.150.751.342 a $1.526.025.165. La contribuyente no ajustó esta modificación en su declaración 2013, por lo que el SII dictó Resolución 28 de marzo 2016 disminuyendo la pérdida tributaria del año 2013.
El tribunal establece como hecho substancial controvertido los supuestos que permitirían invalidar la Resolución 28. La esencia del conflicto radica en si es procedente deducir la pérdida de arrastre declarada cuando el SII la ha modificado mediante actos que están siendo reclamados. La contribuyente argumenta que dichas modificaciones tienen carácter provisional y no generan efectos mientras no recaiga sentencia firme. El SII sostiene que sus actos tienen eficacia inmediata, rigen in actum, gozan de autotutela ejecutiva y producen plenos efectos mientras no sean invalidados judicialmente. El
El fallo rechaza el reclamo interpuesto por Cementos Bío Bío del Sur S.A. contra la Resolución Exenta 28 de 30 de marzo de 2016, confirmando la disminución de la pérdida tributaria del año 2013 realizada por el Servicio de Impuestos Internos.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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