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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INDUSTRIAS PLASTICAS CORVALAN S A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 30-01-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente que solicita devolución de impuesto a la renta por alegada insuficiencia de plazo para presentar documentación durante fiscalización del SII.
Industrias Plásticas Corvalán S.A. interpone reclamo contra Resolución N° 455 de 6 de mayo de 2016 de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, que denegó una devolución de $45.922.791 por utilidades absorbidas. El contribuyente alegó que el SII le otorgó solo un día (desde notificación del 3 de mayo a las 14:00 hrs hasta resolución del 6 de mayo) para presentar documentación solicitada (originales de libros mayor y diario), plazo que estimó insuficiente para una gran empresa. El SII respondió que la citación era facultativa, que se emitieron numerosos requerimientos durante la fisca
El tribunal constata que la controversia se centra en derecho, no en hechos. Analiza que la documentación del SII evidencia un proceso de fiscalización que se inició en noviembre de 2015, con múltiples oportunidades para aportar información. Observa que el 15 de abril de 2016, el fiscalizador reitera al contador que espera información pendiente, tres semanas antes de la resolución cuestionada. Estima que el argumento del contribuyente sobre vulneración de derechos sería más propio de un procedimiento especial de vulneración de derechos conforme a la Ley 20.322, no de un reclamo general. Conclu
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirma la Resolución N° 455 de 6 de mayo de 2016. Se exime de condena en costas al reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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