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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 31-01-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo del IPS por devolución de $3.941 millones de impuesto único de 2ª categoría retenido en exceso en bonos Ley 20.134, por no acreditar fehacientemente el pago a beneficiarios.
El Instituto de Previsión Social pagó en enero 2008 bonos extraordinarios conforme a Ley 20.134 a exonerados políticos, reteniendo impuesto único de 2ª categoría por $4.335 millones. Posteriormente, el SII cambió su criterio tributario en marzo 2008 (Oficio 452) sobre cómo calcular el impuesto, lo que llevó al IPS a reliquidar y devolver $3.941 millones a los beneficiarios entre enero y noviembre 2009. El IPS solicitó al SII la devolución de lo pagado en exceso en arcas fiscales, siendo rechazada por Resolución D.F.I.S.13.04 N°1127 de agosto 2016.
El tribunal analiza extensamente la prueba aportada, concluyendo que aunque el IPS presentó múltiples documentos (listas de pagos, registros, archivos digitales, contratos bancarios), todos estos provienen del propio Instituto sin respaldo de terceros. Los CD con información de bancos no pudieron ser verificados por estar en códigos numéricos. Los testigos reconocieron que no se acompañaron documentos emanados de los bancos pagadores. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar la verdad de sus operaciones. En este caso, no consta la efectividad material
Tribunal rechaza en todas sus partes el reclamo del IPS y confirma la Resolución D.F.I.S.13.04 N°1127 de 9 de agosto 2016, sin condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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