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Tribunal del Biobio
BENAVENTE VALDEBENITO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 04-04-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra denegación de devolución de impuesto a la renta 2014 por inconcurrencia a notificación de fiscalización de años anteriores, confirmándose la resolución impugnada.
Wilma Ester Benavente Valdebenito reclama contra Resolución Ex nº 140512939 de 27.01.2017 que deniega devolución de $1.375.475 por concepto de saldo a favor de impuesto a la renta año 2014, con causal F53 por no solucionar observaciones de declaración 2012. El SII alegó discrepancias entre retiros informados por la contribuyente ($9.906.454) y los declarados por la sociedad Instituto de Capacitación y Desarrollo Empresarial Ltda. ($15.380.356) en sus declaraciones juradas 1886.
El tribunal aplicó el artículo 21 del Código Tributario respecto a la carga probatoria del contribuyente y el artículo 132 sobre apreciación de pruebas conforme a sana crítica. Concluyó que la reclamante no desvirtúo las impugnaciones del SII, limitándose a solicitar la devolución sin exponer razones fácticas y jurídicas que justificasen no haber solucionado las observaciones de la declaración 2012 relativas a retiros no declarados en su totalidad. El tribunal consideró carecer de hechos fundantes para acceder a la petición.
Se rechaza la reclamación interpuesta y se confirma íntegramente la Resolución Ex nº 140512939 de 27.01.2017. Cada parte soporta sus costas. Se ordena cumplimiento administrativo de la sentencia por el Director Regional del SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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