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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
BARROS CASTILLO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 11-10-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidación por falta de justificación de origen de fondos en inversiones 2010. Se reconocen parcialmente inversiones en bienes raíces y se acogen inversiones en acciones.
María Pía Barros Castillo realizó inversiones durante 2010 por $229.505.892 en bienes raíces (Osorno y Las Condes) y acciones. El SII practicó liquidación del 16 de diciembre de 2013 cuestionando el origen de estos fondos. La reclamante alegó financiamiento mediante mutuos, reconocimientos de deuda familiares y fondos de su cuenta corriente provenientes de honorarios, sueldos y ventas de valores.
El tribunal aplicó sana crítica para evaluar prueba, reconociendo que corresponde al contribuyente probar el origen de fondos conforme artículo 21 del Código Tributario. Analizó documentación instrumental (mutuos, reconocimientos de deuda, certificados bancarios, boletas de honorarios). Concluyó que para Osorno se justificó $153.334.000 de $175.000.000; para Las Condes $45.010.534 de $50.114.257; y para acciones se acreditó totalmente el origen de los fondos mediante certificados de remuneraciones y saldos bancarios del año 2010.
Se acoge parcialmente el reclamo. Se tienen por acreditadas inversiones en bien raíz Osorno hasta $153.334.000, en Las Condes hasta $45.010.534 y en acciones por $4.988.935. Se ordena reliquidación administrativa. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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