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Tribunal del Biobio
PACIFICBLU SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 27-03-2019 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de Pacificblu SpA contra resoluciones del SII que rechazaban devolución de Impuesto Específico de Licencias Transables de Pesca, anulando ambas resoluciones y ordenando la restitución de los montos solicitados.
Pacificblu SpA reclama contra dos resoluciones del SII que rechazaban la devolución de aproximadamente $235 millones por Impuesto Específico de Licencias Transables de Pesca. La empresa argumenta que como sucesora legal de Pesca Fina SpA (por fusión), adquirió todos los derechos y obligaciones de esta última, incluyendo el derecho a solicitar devoluciones de impuestos pagados en exceso. El Ministerio de Economía había dispuesto la devolución del impuesto que fue pagado fuera del plazo legal (23 de agosto de 2017 cuando debió pagarse antes del 31 de julio de 2017).
El Tribunal constata que el SII se allanó a la posición de la contribuyente, reconociendo la procedencia de las devoluciones solicitadas tanto por Congelados Pacifico SpA como por Pacificblu SpA en su calidad de sucesora legal de Pesca Fina SpA. Al no existir hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, y habiendo aceptado la reclamada los argumentos de la contribuyente, no fue necesaria audiencia de conciliación. El Tribunal acoge el reclamo en virtud de que las resoluciones reclamadas carecen de fundamento adecuado y las devoluciones resultan procedentes conforme a derecho.
Se acoge el reclamo y se anulan las Resoluciones Exentas n.° 77318089004 de 24 de octubre de 2018 y n.° 96 de 24 de enero de 2019. Se ordena proceder a la devolución de los montos solicitados conforme a derecho. No se condena en costas. Se ordena cumplimiento administrativo de la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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