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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
GHYMERS TASSIN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-04-2019 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidación de impuesto a la renta AT 2008 por no declarar. El tribunal reconoce justificación parcial de fondos invertidos en fondos mutuos hasta $2.583.749, rechazando lo demás.
Denys Marcel Ghymers Tassin, residente en Bélgica desde abril 2008, trabajó como piloto en LAN Airlines desde 2004 hasta 2008. Percibió remuneraciones de $19.875.859 el año 2007 e invirtió en fondos mutuos y vehículos. No presentó declaración de renta AT 2008. SII lo citó para aclarar (Citación N°0130801329 de 17.12.2012) por no declarar y por inversiones sin justificación de origen de fondos. Contribuyente alegó fondos provenían de ahorros en Bélgica (13.000 euros) e ingresos del trabajo. SII emitió liquidación el 30.01.2014 determinando $67.533.556 en impuestos, reajustes, intereses y multas
El tribunal analiza la presunción del artículo 70 de la LIR: se presume que toda persona goza renta equivalente a sus gastos y, si no prueba origen de fondos para gastos, desembolsos e inversiones, se presumen rentas de primera o segunda categoría. La carga de prueba recae en el contribuyente. El tribunal revisa cartolas bancarias, liquidaciones de sueldo y movimientos de fondos mutuos mensuales. Comprueba que de 6 inversiones cuestionadas ($69.263.326), solo $2.583.749 tienen origen justificado (remuneraciones netas de LAN menos gastos de vida documentados). Las restantes inversiones no tiene
Se acoge parcialmente el reclamo. Se tiene por justificado parcialmente el origen de fondos para inversiones en fondos mutuos hasta $2.583.749. Se rechaza lo demás. El SII debe cumplir administrativamente lo resuelto. Se condena en costas a prorrateo (cada parte paga las suyas).
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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