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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
VELOSO CABRERA con SII- DIRECCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 31-05-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamación contra liquidación del IGC por reinversión de utilidades no acreditada; contribuyente no demostró materialidad de aportes en moneda extranjera ni cumplimiento del plazo de 20 días.
José Arcadio Veloso Cabrera, empresario individual, constituyó la sociedad José Veloso e Hijos Limitada el 23 de diciembre de 2014 con capital de $5.000.000, aumentándolo el 29 de diciembre de 2014 mediante aporte de $673.043.426 compuesto por inversión en moneda extranjera ($296.000.061) y cuenta por cobrar contra Sociedad de Inversiones Isla Navarino S.A. ($377.043.365). El SII emitió Liquidación N° 8 de 31 de julio de 2018 determinando IGC de $177.817.539 para el año tributario 2015, considerando estos aportes como retiros de utilidades no reinvertidos. El contribuyente reclama argumentando
El tribunal analiza si las operaciones califican como reinversión de utilidades bajo artículo 14 letra A) N° 1 c) de la Ley de la Renta. Concluye que el contribuyente no acreditó la materialidad de la reinversión en moneda extranjera ni su registro a nombre de la sociedad receptora dentro del plazo de 20 días, siendo la cuenta de Citibank mantenida a nombre del aportante durante diciembre 2014. Respecto a la cuenta por cobrar contra Isla Navarino, determina que al no haber fecha cierta de cobro y no constituir transferencia efectiva e inmediata de recursos patrimoniales, no cumple requisitos l
Se rechaza la reclamación interpuesta contra la Liquidación N° 8 de 31 de julio de 2018 emitida por la Unidad de Puerto Natales del SII, confirmándose la determinación del Impuesto Global Complementario por $177.817.539 más reajustes e intereses para el año tributario 2015.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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