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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
COMERCIALIZADORA DEYMA SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 21-06-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidación de impuesto de primera categoría 2011, desvirtuando parcialmente partida por mayor deducción de gasto en remuneraciones por $79.630.461 de $80.536.637 liquidados.
Comercializadora Deyma S.A. presenta declaración de renta año tributario 2011. El SII detecta observaciones A08 y A09 en revisión de Formulario 22. Observación A08: ingresos no declarados por rescate fondos mutuos ($18.927.653) y venta bien raíz ($50.000.000). Observación A09: discrepancia en remuneraciones declaradas ($82.980.646) versus DDJJ de sueldos. Contribuyente concurre al SII sin aportar documentación suficiente. SII practica liquidación N°115105000302 de 16.12.2013 con agregados por $49.021.746 (subdeclaración ingresos) y $80.536.637 (mayor deducción remuneraciones).
El tribunal aplica artículo 21 del Código Tributario sobre carga probatoria del contribuyente y criterio de sana crítica. Respecto subdeclaración de ingresos por $49.021.746: rechaza reclamo pues contribuyente no acredita fehacientemente pérdida por rescate fondos mutuos ni que venta bien raíz esté inscrita en libros contables conforme artículos 20 y 29 LIR. Respecto mayor deducción remuneraciones por $80.536.637: acoge parcialmente reclamo. Acredita $56.143.548 por sueldos (respaldado) y $23.486.913 por finiquito (mediante cheques con timbre bancario), totalizando $79.630.461, diferencia de $
Se acoge parcialmente reclamo solo respecto partida de mayor deducción de gasto en remuneraciones hasta $79.630.461. Se rechaza en todo lo demás. Director Regional debe practicar reliquidación de impuestos. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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