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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 24-07-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones que desconocieron pérdidas tributarias de ejercicios anteriores originadas en crisis bancaria de 1982, por falta de acreditación fehaciente conforme al artículo 31 de la LIR.
Sociedad de Desarrollo Río Danubio Limitada reclamó liquidaciones que rechazaron pérdidas tributarias arrastradas desde 1986, originadas cuando el Banco Santiago liquidó acciones de terceros en garantía para pagar deudas de la sociedad durante la crisis bancaria. La empresa se comprometió por escritura pública a restituir las acciones, generando una obligación cuantificada en sentencia arbitral de 2003 en 420.869 UF. El SII desconoció las pérdidas declaradas en AT 2009, 2010 y 2011 por falta de acreditación fehaciente.
El tribunal resolvió que la contribuyente no acreditó fehacientemente las pérdidas conforme al artículo 31 de la LIR, al no acompañar Libros de Caja, Diario, Mayor completos, contratos, facturas y documentación de respaldo de cada ejercicio. La sentencia arbitral de 2003 no constituye prueba suficiente sin la documentación contable completa. Además, opera cosa juzgada por sentencia firme anterior (Rol 10.115-09) que rechazó idéntica pretensión. La indemnización por incumplimiento contractual no constituye gasto necesario para producir renta. Respecto a otros agregados del AT 2010, la contribuy
Rechaza el reclamo y confirma las Liquidaciones N° 396, 397 y 398 de 27 de julio de 2012. Sin costas por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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