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Tribunal del Biobio
BUSTOS PEÑA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 29-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación por subdeclaración en enajenación de derechos sociales. El SII tasó correctamente el precio de $2.000.000 por 30% de capital de $755.134.624, conforme al art. 64 CT.
Leticia Bustos Peña vendió el 10 de enero de 2014 el 30% de sus derechos sociales en Sociedad de Profesionales Medina Bustos Limitada a su hijo Diego Medina Bustos por $2.000.000. El SII detectó subdeclaración y emitió Liquidación N°267 de 7 de mayo de 2018. La contribuyente posteriormente solicita giro de impuesto a donaciones, avaluando su participación en $226.094.067. Alega que el precio fue negociado libremente y que no era determinable el valor corriente en plaza.
El tribunal analiza la procedencia de la tasación conforme al artículo 64 del Código Tributario, inciso tercero. Establece que cuando el precio es notoriamente inferior a los corrientes en plaza, el SII puede tasar sin citación previa. Se constata que la contribuyente valoró posteriormente su 30% en $226.094.627 para efectos de impuesto a donaciones, lo que acredita la subdeclaración. No puede la contribuyente desconocer su propia conducta al aportar documentos que evidencian la desproporción entre el precio pagado ($2.000.000) y el valor real del capital social ($755.134.624). La tasación fue
Se rechaza el reclamo deducido por doña Leticia Lorena Bustos Peña en contra de la Liquidación N°267 de 7 de mayo de 2018, con costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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