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Tribunal de Valparaiso
LEMARCHAND CORREA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 28-11-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por prescripción de liquidaciones tributarias. El tribunal estima que las declaraciones fueron maliciosamente falsas, aplicándose plazo extraordinario de 6 años, pues el reclamante como representante legal de ECMETAL no pudo desconocer las facturas ideológicamente falsas.
Michael André Lemarchand Correa, socio y representante legal de la empresa Exportadora y Comercializadora de Metales Limitada (ECMETAL), fue liquidado por diferencias en IVA e Impuesto a la Renta en años tributarios 2010-2012. La fiscalización determinó que ECMETAL incorporó facturas ideológicamente falsas a su contabilidad para disminuir carga tributaria. Las diferencias fueron notificadas a ECMETAL en 2012 y liquidadas en 2013. El SII emitió liquidaciones 369 y 370 contra Lemarchand Correa en agosto 2017. El tribunal anterior había confirmado estas determinaciones en sentencias de 2015.
El tribunal analiza si aplica prescripción ordinaria de 3 años o extraordinaria de 6 años conforme artículo 200 del Código Tributario. Concluye que existe declaración maliciosamente falsa pues: (1) Lemarchand era representante legal y socio de ECMETAL; (2) participaba activamente en administración según correos electrónicos; (3) se benefició directamente al no incluir gastos rechazados en su declaración personal; (4) fue formalizado penalmente por estos hechos; (5) conforme Circular 73/2001, la sola conducta ilícita de la sociedad no basta, pero aquí se probó su conocimiento y participación. P
Se rechaza el reclamo. Se mantienen a firme las liquidaciones 369 y 370. Se condena a la reclamante vencida en costas conforme artículo 144 del Código de Procedimiento Civil.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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