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Tribunal de la Araucanía
ECHEVERRIA CONCHA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 20-03-2020 · Materia: Resolución que deniegue peticiones del art. 126 CT
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por devolución de impuestos del año 2013 por falta de acreditación de pago en exceso, vencimiento de plazo de tres años y pruebas insuficientes del contribuyente.
Sergio Echeverría Concha, socio de la sociedad Cirujanos Médicos Especialistas Limitada junto a Karin Bauer Verdugo, declaró la totalidad de los ingresos sociales en su renta 2013, mientras que su socia no declaró ingreso alguno de la sociedad. El SII practicó liquidación a la socia en 2016, girada en 2017. El contribuyente solicitó devolución del impuesto pagado en exceso el 24 de julio de 2018, cinco años después de la declaración original, sin precisar montos ni aportar cálculos detallados.
El tribunal consideró que el reclamante no precisó la suma a devolver ni aportó antecedentes contables que demostraran el pago en exceso. El plazo de tres años establecido en el artículo 126 del Código Tributario se encontraba vencido al momento de la solicitud (vencía el 29 de abril de 2016). Por su parte, el artículo 21 del Código Tributario impone al contribuyente la carga de la prueba mediante documentos y libros de contabilidad. El tribunal concluyó que sin estándar probatorio mínimo, el SII correctamente denegó la devolución al no poder constatar su procedencia.
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N° 77318088842 del SII de 18 de octubre de 2018 que denegó la devolución. Se condena en costas al reclamante por no tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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