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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INVERSIONES E INMOBILIARIA ARTEAGA LYON LIMITADA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 26-06-2020 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Contribuyente reclama denegación de devolución de PPUA por pérdida tributaria originada en inversión en acciones de sociedad que terminó giro. Tribunal rechaza por falta de acreditación fehaciente de la inversión y pérdida declarada.
Inversiones e Inmobiliaria Arteaga Lyon Limitada solicitó devolución de $23.546.712 por PPUA en AT 2017, alegando pérdida por inversión en 100 acciones de Fábricas Arteaga S.A. que terminó giro en 2016. Afirma haber invertido $246.463.457 en 2010 (corregido a $302.551.766) y recibido dividendos entre 2011-2016. SII requirió documentación de respaldo mediante Carta Aviso N°370123909, pero contribuyente no concurrió ni aportó antecedentes. SII emitió Resolución Exenta N°293 denegando devolución por falta de acreditación de pérdida tributaria de $295.053.957 y del PPUA solicitado.
Tribunal aplica reglas de sana crítica y determina que contribuyente no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria ni procedencia del PPUA. Señala que para gastos deducibles se requiere que sean necesarios, efectivamente incurridos y acreditados fehacientemente con documentación de respaldo. Contribuyente solo aportó antecedentes contables insuficientes, sin acreditar escritura de inversión en acciones, materialización efectiva de inversión, ni antecedentes de disolución y liquidación de Fábricas Arteaga S.A. Tampoco probó percepción efectiva de dividendos alegados. Para PPUA es indispensa
Rechaza reclamo. Confirma Resolución Exenta N°293 (109) de 17-04-2018 que denegó devolución de PPUA. No condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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