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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INBET S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 28-10-2020 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo de INBET S.A. contra Resolución SII que rechazaba devolución de PPUA y mantención de pérdida tributaria AT 2018, confirmando derecho a devolución de $47.637.943 menos restitución anterior.
INBET S.A., empresa de elaboración de productos lácteos e inversiones, presentó Formulario 22 para AT 2018 declarando pérdida tributaria por $17.252.096.352 y solicitando devolución de PPUA. El SII dicta Resolución Ex. Nº 1083 de 26 de abril de 2019 rechazando la devolución y cuestionando la pérdida tributaria por supuesta falta de sustancia económica en reorganización empresaria del grupo. INBET reclama alegando vicios de incompetencia, errores de derecho sustantivo y procedimentales.
El tribunal rechaza el vicio de incompetencia por firmantes, estimando que la Resolución fue dictada dentro de competencia. Analiza extensamente la reorganización empresaria efectuada entre empresas del mismo grupo, concluyendo que existió sustancia económica real y que no se acreditó elusión tributaria. Valora la contabilidad y documentación aportada por reclamante bajo sana crítica, considerando multiplicidad, gravedad, precisión y conexión de pruebas. Rechaza argumentos del SII sobre falta de sustancia económica en consolidación de resultados del grupo. Determina que reclamante acreditó cor
Se acoge petición subsidiaria de fondo. Déjase sin efecto Resolución Ex. Nº 1083; se confirma pérdida tributaria declarada de $17.252.096.352 y pérdida de arrastre de $17.215.903.187; se devuelve PPUA de $47.637.943 menos $6.460.054 ya restituido. No se condenan costas por motivo plausible de litigio.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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