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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
TECNOLOGIA APLICADA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 11-03-2021 · Materia: Giro · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra giro tributario por improcedencia, ya que la vía idónea es el procedimiento donde se discute la liquidación que origina el giro, no un nuevo reclamo independiente.
Tecnología Aplicada Limitada reclamó un giro de $19.935.092 emitido por el SII el 09/03/2017, que se origina en la Liquidación N°316300000493 de 21/03/2016. La reclamante había presentado anteriormente un reclamo contra esta liquidación ante el Tercer Tribunal Tributario (causa RUC 16-9-0000749-7, RIT GR-17-00123-2016) el 27/07/2016, que aún se encontraba en tramitación sin sentencia definitiva. El giro fue notificado por correo electrónico el 29/03/2017.
El tribunal analizó si procede rechazar el giro alegando violación del artículo 24 inciso tercero del Código Tributario, que según la reclamante impide emitir giro mientras la liquidación está reclamada. Sin embargo, el tribunal concluyó que conforme al artículo 124 inciso 1° del CT, solo procede reclamar de un giro cuando éste no se conforma a la liquidación que le antecede, lo cual no ocurre en este caso. Además, determinó que la vía idónea para cuestionar la emisión del giro en estas circunstancias es el procedimiento donde se discute la liquidación, no un nuevo reclamo independiente.
Se rechaza el reclamo y se confirma el giro reclamado. Se eximió a la reclamante del pago de costas por tener motivo plausible para litigar. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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