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Tribunal R. Metropolitana. Primero
CRUZ GUZMÁN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE
Fecha: 30-03-2021 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de avalúo de bien raíz agrícola en Pudahuel, reduciendo tasación de $2.758 millones a $1.668 millones por omisión de factores de corrección y superficie afecta a expropiación.
José Manuel Cruz Guzmán y hermanos son propietarios del Lote 14 del Fundo Santa Elvira en Pudahuel (48.262 m²), originalmente enrolado como agrícola en Cerro Navia con avalúo de $15.958.912. Al cambiar el enrolamiento a Pudahuel en 2017, el SII reclasificó el predio como no agrícola y aumentó su avalúo a $2.758.313.783, representando un aumento del 14.800%. El inmueble carece de urbanización completa, presenta rellenos de basura, está parcialmente afecto a expropiación por utilidad pública y tiene limitado acceso desde vías principales.
El Tribunal determinó que el Lote 14 no califica como agrícola conforme al artículo 1 de la Ley 17.235, siendo correcta su clasificación como no agrícola. Sin embargo, concluyó que el SII omitió aplicar factores de corrección procedentes al momento del cálculo y no consideró la superficie afecta a utilidad pública. El perito judicial estableció que el avalúo debería incluir correcciones por topografía desfavorable (riesgo de inundación, rellenos irregulares), falta de urbanización, equipamiento e infraestructura, así como descuento por expropiación parcial. El aumento del 17.284% resultó despr
Se acoge la petición subsidiaria del reclamante, modificándose el avalúo del Lote 14 del Fundo Santa Elvira Rol 1010-6 de $2.758.313.783 a $1.667.891.771 para el segundo semestre de 2017. Se deja sin efecto la Resolución Exenta SII N° A.14.2017.00025377 respecto del avalúo reclamado. No se condena en costas al SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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