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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
IRARRAZABAL ARMENDARIZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 07-04-2021 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra reavalúo fiscal de bien raíz en tasación general 2018, confirmando determinación del SII sin error de cálculo acreditado.
María Isabel Elena Irarrázabal Armendáriz es propietaria del inmueble Rol 3005-8, ubicado en Las Condes. En tasación general 2018, el SII aumentó el avalúo de $235.655.263 a $313.875.687 (33% de aumento). La contribuyente reclama alegando error de cálculo en la determinación del valor unitario del Área Homogénea HAM038, que pasó de $97.402/m² (2014) a $211.195/m² (2018). Cuestiona que variables que debían bajar el valor (restricción por utilidad pública) generaron aumento, y que el SII utilizó información no pública sin fundamentar adecuadamente el acto administrativo.
El tribunal verifica que la Ficha del Área Homogénea HAM038 efectivamente incorpora la restricción por utilidad pública que alegó el reclamante, siendo considerada por el SII al fijar el valor unitario. Revisa normativa técnica (Resolución Exenta 28 y anexos) confirmando que las características invocadas están contenidas en la ficha del AH y por tanto fueron consideradas. Advierte que el reclamante no aportó prueba suficiente de características no consideradas (como informe pericial o inspección) ni documentó particularidades del inmueble que justifiquen menor valor. Valida que el procedimient
Se rechaza la reclamación de tasación general presentada por Irarrázabal Armendáriz. Se confirma el acto administrativo del SII fijando el nuevo avalúo en $313.875.687. Se exime de costas a la reclamante por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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