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Tribunal de Valparaiso
AGRICOLA PUERTO ESMERALDA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO
Fecha: 19-04-2021 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra modificación de avalúo por falta de fundamentación en la resolución administrativa que careció de expresión de hechos y razonamientos jurídicos.
Agrícola Puerto Esmeralda S.A. es propietaria desde 2007 del Lote R1B en Zapallar, con superficie de 349.400 m². El SII modificó el avalúo de $0 a $12.564.412.113 con vigencia desde 01.01.2018, mediante Resolución EX.SII Nº A05.2020.00040233 de 15.10.2020, sin expresar en ella los fundamentos de la modificación. La autoridad invocó cambio de destinación de agrícola a no agrícola, pero la resolución omitió indicar los hechos y razones que justificaban tal cambio y su fecha de vigencia.
El tribunal constató que la Resolución impugnada adolece de infracción al artículo 8 bis N°4 letra a) del Código Tributario, toda vez que carece de fundamentación. La norma exige que las actuaciones del Servicio indiquen con precisión las razones que motivan la actuación, expresando hechos, derecho y razonamiento lógico-jurídico. El artículo 11 de la Ley N°19.880 también exige que los actos que afecten derechos de particulares siempre expresen hechos y fundamentos de derecho. El SII reconoció que por error involuntario omitió incorporar los fundamentos en la resolución reclamada. La falta de f
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Resolución EX.SII Nº A05.2020.00040233. No se condena en costas a la parte reclamada, conforme a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil y artículo 132 del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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