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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE con Fabricación e Impresión Target Pop Spa
Fecha: 30-06-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma sanción por maniobras maliciosas para aumentar crédito fiscal de IVA mediante facturas falsas, imponiendo multa del 100% de lo defraudado.
Fabricación e Impresión Target Pop SpA recibió 2 facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por E.S.T. Ingeniería y Construcción Limitada en octubre de 2018, registrándolas en su libro de compraventa y declarándolas en Formulario 29, generando un crédito fiscal de IVA de $1.643.500 y $1.565.600 respectivamente. Las operaciones carecían de sustancia: no había materialidad de remodelaciones, ni constancia de pagos, ni compra de materiales. El perjuicio fiscal actualizado ascendía a $3.443.365. La contribuyente se allanó a los hechos durante el procedimiento.
El artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario requiere copulativamente: sujeto afecto a IVA, maniobras tendientes a aumentar crédito o imputaciones, y carácter malicioso. En procedimientos de delito tributario con opción de multa administrativa, el SII tiene carga probatoria aplicándose presunción de inocencia. No se aplicó artículo 21 CT por tratarse de delito. Al allanamiento del denunciado se confirma el acta. Para graduar la multa se consideró ausencia de reincidencia en infracciones de igual o semejante especie, aplicándose margen mínimo de 100% conforme artículo 107 CT.
Se confirma Acta de Denuncia N°5 del 26 de abril de 2021. Se impone multa de $3.443.365 equivalente al 100% de lo defraudado. Se ordena giro de multa por Director Regional del SII una vez ejecutoriada sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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