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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
EL CÓNDOR COMBUSTIBLES SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 14-03-2022 · Materia: Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de El Cóndor Combustibles contra denegación de devolución de PPUA por pérdida tributaria AT 2010, confirmando resolución del SII por falta de acreditación suficiente de la pérdida y no comparecencia del contribuyente.
Inversiones y Rentas Con Con Comercial S.A. declaró pérdida tributaria de $134.763.809 en AT 2010 y solicitó devolución de PPUA por $20.214.571. El SII objetó la declaración con observaciones y citó al contribuyente para regularizar su situación el 13/07/2010, pero éste no compareci. El SII rechazó la devolución mediante Resolución N°115000000097 de 11/03/2011. Posteriormente, Con Con Comercial se fusionó con El Cóndor Combustibles S.A. El contribuyente presentó reclamo tributario solicitando validar la pérdida y la devolución.
El tribunal analizó si la reclamante acreditó suficientemente la pérdida tributaria declarada. Conforme a los artículos 29, 30 y 31 de la LIR, los gastos deben acreditarse o justificarse fehacientemente ante el SII. El tribunal determinó que la pérdida se originaba en intereses y reajustes por préstamos, pero estimó que la reclamante no compareci cuando fue citada por el SII para regularizar su situación tributaria y no aportó los antecedentes necesarios en sede administrativa. Aunque la reclamante alegó que presentó antecedentes en la RAF, el tribunal concluyó que no acreditó suficientemente
Se rechaza el reclamo interpuesto y se confirma la Resolución N°Ex_115000000097 emitida por el SII el 11 de marzo de 2011. Se rechaza la excepción de prescripción. Se exonera de costas a la parte reclamante por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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