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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
GAMBOA FERNANDEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 19-05-2022 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación y anula Resolución del SII que rechazaba devolución de impuestos por forwards, constatando vicio procedural en la emisión de giros sin debida diligencia.
Contribuyente Gamboa realizó operaciones de forwards en años 2008-2010. En marzo-abril 2015, funcionario del SII lo contactó exigiéndole pago urgente de impuestos por esas operaciones bajo amenazas. Sin citación, liquidación ni giro previo, contribuyente pagó $190.010.143 el 29 de abril 2015. El 24 de abril 2018 solicitó devolución por pago indebido argumentando prescripción (giros vencidos en 2009-2010, notificados en 2015). SII rechazó devolución mediante Resolución N°664 de 7 marzo 2019.
El Tribunal concluyó que el SII actuó negligentemente sin seguir debido proceso. Aunque el contribuyente solicitó los giros, el Servicio no informó que actuaba dentro de plazo extraordinario de prescripción ni realizó citación y liquidación previas. La solicitud de giro no equivale a reconocimiento de deuda ni voluntariedad del pago. Antes de la Ley N°20.544 (vigente 1° enero 2012), no había certeza sobre tratamiento tributario de instrumentos derivados. El SII incumplió deberes de legalidad, seguridad jurídica y defensa del contribuyente, actuando de mala fe al girar sin notificaciones previa
Acoge reclamación y deja sin efecto Resolución Exenta N°664 de 7 marzo 2019 del SII que rechazaba devolución de impuestos. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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