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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
Qantas Airways Limited Agencia en Chile con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-11-2020 · Materia: Resolución
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Qantas Airways contra multa por incumplimiento de presentación de Declaración Jurada 1907 sobre Precios de Transferencia, confirmando que la empresa es contribuyente obligado a presentarla.
Qantas Airways Limited Agencia en Chile recibió giro de multa folio 150005474 por $5.541.960 por no presentar Declaración Jurada 1907 para el año tributario 2016. La empresa solicitó anulación argumentando no ser contribuyente según el Convenio de Doble Tributación con Australia y que los desembolsos de su casa matriz eran pagos a proveedores, no financiamientos. El SII rechazó la petición mediante Resolución 4180 de noviembre 2018, indicando que Qantas sí era contribuyente obligado a presentar DJ 1907 por realizar operaciones de financiamiento con entidad relacionada extranjera.
El tribunal estableció que para obligación de DJ 1907 se requieren cuatro requisitos copulativos: ser contribuyente, pertenecer a segmento mediana o grandes empresas, realizar operaciones con partes relacionadas y que éstas no tengan domicilio en Chile. Qantas cumple todos. Respecto condición de contribuyente, conforme artículo 8 N°5 Código Tributario, Qantas está afecto a IVA siendo contribuyente. El Convenio Chile-Australia solo libera de impuesto a la renta por tráfico internacional, no de toda obligación tributaria. Respecto operaciones financieras, la contribuyente declaró en DJ 1913 tene
No ha lugar al reclamo. Se confirma íntegramente la Resolución 4180 del SII que rechazó anulación del giro de multa. Qantas cumple requisitos para obligación de presentar DJ 1907. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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