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Tribunal del Maule
COMUNIDAD GABRIEL YANEZ VASQUEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TALCA
Fecha: 13-06-2022 · Materia: Giro · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Comunidad hereditaria contra giro de diferencias de IR por indemnización de daño emergente percibida por incendio forestal, declarando ingreso no renta.
Comunidad Gabriel Yáñez Vásquez recibió indemnización de $1.500.000.000 en 2016 (año tributario 2017) por daño emergente ocasionado por incendio en fundo Huedque en 2012. El incendio destruyó bosques, cercos, cultivos y praderas. La indemnización resultó de sentencia de 2015 (que fijó daño en $2.093.149.239) y transacción de 2016 con empresa eléctrica responsable. SII giró diferencias de IR incluyendo la indemnización en la base imponible. Contribuyente impugnó alegando exención como ingreso no renta por daño emergente.
El tribunal analiza si la indemnización por daño emergente califica como ingreso no renta conforme al artículo 17 N°1 inciso primero LIR. Establece que la norma distingue entre indemnización por daño emergente (sin requisitos especiales) e indemnización por daño moral (requiere sentencia ejecutoriada). Señala que daño emergente constituye detrimento patrimonial efectivo. El inciso segundo del artículo 17 N°1 excluye del tratamiento de ingreso no renta solo cuando copulativamente: (1) bienes están incorporados al giro y (2) actividad tributa por renta efectiva de Primera Categoría. En el caso,
Se acoge la reclamación dejando sin efecto el giro de diferencias de IR, declarando que la indemnización de $1.500.000.000 percibida constituye ingreso no renta exento del Impuesto a la Renta conforme al artículo 17 N°1 inciso primero LIR.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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