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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES GATOPARDO II LIMITADO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 17-08-2022 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Gatopardo II Ltda. contra denegación de devolución de PPM 2015 por falta de acreditación de documentos requeridos en fiscalización.
Inversiones Gatopardo II Ltda., sociedad de inversiones, presentó Declaración Jurada de Renta 2015 solicitando devolución de $16.066.132 por Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas. El SII requirió mediante Notificación N° 150101549 de 01.07.2015 acreditación de la devolución y antecedentes por observaciones en dividendos, pago provisional de primera categoría y utilidades absorbidas. La contribuyente comparecióante el SII pero no aportó completa la documentación solicitada (Libro FUT, certificados de créditos, acreditación de pérdidas, balance tributario, estado de resultados y detalle d
El Tribunal analiza que la controversia versa sobre la procedencia de devolución de PPM y corrección monetaria de cuotas de fondos mutuos en moneda extranjera. La reclamante argumenta que la Resolución carece de fundamentación adecuada y que erróneamente se aplicó art. 41 N°4 LIR a cuotas de fondos. El Tribunal estima que en materia tributaria corresponde aplicar normas del Código Tributario y leyes tributarias especiales, siendo las demás leyes supletorias. Determina que la resolución reclamada no adolece de vicio de ilegalidad toda vez que se fundamenta en el hecho verificable de que la cont
Se rechaza el reclamo y se confirma en todas sus partes la Resolución Exenta N° 2080 de 21.12.2015. Se declara que no se condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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