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Tribunal Tarapacá
FLORES HERNÁNDEZ con SII DIRECCION REGIONAL IQUIQUE y otro
Fecha: 05-09-2022 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR · Juez: Lucy Gabriela Olivares Vicentelo
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo por vulneración de derechos constitucionales de pastor que solicitaba certificado de rentas para franquicia aduanera, toda vez que sus ingresos ministeriales no constituyen renta computable para efectos del artículo 35 de Ley 13.039.
Pastor de Iglesia Alianza Cristiana y Misionera solicitó en febrero 2020 certificado de rentas al SII para acceder a franquicia aduanera establecida en artículo 35 Ley 13.039, con objeto de trasladar menaje de casa y vehículo desde Iquique a Temuco. Percibía asignación ministerial de $1.024.108 mensuales. SII denegó certificado en Ordinario 77320342849 señalando que asignación no constituye renta computable. Pastor alegó discriminación y vulneración de derechos constitucionales.
Tribunal concluyó que asignación ministerial recibida por pastor constituye ingreso no-renta conforme a Circular 45 del 2012, pues vive a expensas de la iglesia sin actividad lucrativa propia, tratándose de labor espiritual. Aunque doctrinalmente son rentas por presunción legal, tributariamente se califican como ingresos no-rentas exentos. Requisito del artículo 35 Ley 13.039 exige rentas computables para Impuesto Global Complementario o Impuesto Único a la Renta del Trabajo, que no incluye ingresos no-rentas. Franquicias aduaneras deben interpretarse restrictivamente. SII aplicó correctamente
Se rechazó reclamo sin costas. Se declaró que SII no actuó ilegal ni arbitrariamente al denegar certificado, ajustándose a derecho mediante aplicación de Circular 45 y normas de Decreto 526/1990. No se vulneraron derechos constitucionales del artículo 19 N°22 CPR.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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