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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SOCIEDAD DE SERVICIOS DE INGENIERA Y MANTENCION con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 15-09-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de empresa contra denegación de devolución de PPM por AT 2014, constatando incumplimiento de aporte de documentación requerida y vicios en las declaraciones.
Sociedad de Servicios de Ingeniería y Mantención solicitó devolución de $510.046.494 por concepto de PPM del AT 2014. El SII notificó observaciones el 30.06.2014. El 02.12.2014, la fiscalizadora requirió antecedentes específicos. La empresa aportó algunos documentos en enero 2015, pero no la totalidad de lo solicitado. El SII denegó la devolución mediante Resolución Ex. Nº 1520008 del 11.12.2015. La empresa interpuso reposición administrativa el 12.01.2016, que fue rechazada el 22.03.2016.
El tribunal constata que la reclamante no aportó íntegramente la documentación requerida en la Notificación Folio Nº 140225171. Rechaza el argumento sobre caducidad del plazo establecido en artículo 59 CT, pues falta el presupuesto de que el contribuyente haya dado cumplimiento íntegro al requerimiento para que se emita el certificado que inicia el cómputo de los 9 meses. Verifica que la declaración del AT 2014 tenía múltiples observaciones (A09, B01, F53, J01) relativas a gastos por remuneraciones y depreciación, siendo que las rectificaciones del AT 2012 y 2013 implicaban necesariamente rect
Se rechaza la reclamación interpuesta. Se desestima el argumento sobre caducidad del plazo de fiscalización, confirmando que la empresa no aportó toda la documentación requerida, impidiéndose emitir el certificado que inicie el plazo de 9 meses. Se confirma la procedencia de la denegación de la devolución.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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