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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
BELTRÁN SAN MARTÍN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 29-12-2022 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra resolución del SII que deniega devolución de impuesto a la renta 2012 por falta de acreditación de origen de fondos e inversiones y subsanación insuficiente de observaciones.
Contribuyente Rodrigo Esteban Beltrán San Martín solicita devolución de $2.913.856 en declaración de renta AT 2012. El SII notifica Resolución N°116000000664 de 15 enero 2015 denegando la devolución, generando observaciones A09, A98, F01, F23, F95 y G47. El contribuyente alega haber comparecido en 5 oportunidades ante el fiscalizador y aportado documentación. Las principales observaciones cuestionan: exceso de crédito por adquisiciones de activo inmovilizado (A98) y que origen de fondos no guarda relación con rentas declaradas (G47). Inversiones del año 2011 incluyen inmueble por $25.000.000,
El tribunal analiza los artículos 70 y 71 de la LIR que establecen presunción de renta equivalente a gastos y que, sin prueba de origen de fondos, se presume proveniente de utilidades afectas a impuesto. El contribuyente justificó ingresos por $55.060.702 mediante crédito bancario, avance de tarjeta y sueldos, cifra insuficiente para los desembolsos de $80.311.493 realizados. El tribunal constata que las 6 observaciones no fueron subsanadas adecuadamente y que no se acreditó satisfactoriamente el origen de financiamiento de inversiones. Considera que solicitud de devolución genera mera expecta
Se rechaza el reclamo interpuesto contra Resolución N°116000000664 de 15 enero 2015. El Director Regional dispondrá cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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