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Tribunal de Aysen
TERRA NOSTRUM SpA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL COYHAIQUE
Fecha: 06-02-2023 · Materia: Giro · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se declara nula la notificación de liquidaciones tributarias N° 85 y 86 emitidas por el SII a representante legal fallecido, lo que acarrea la nulidad de los giros subsecuentes.
Terra Nostrum SpA fue fiscalizada por el SII. Su único accionista y gerente general, Óscar Catalán Sánchez, falleció el 26 de enero de 2021. El SII emitió liquidaciones N° 85 y 86 el 29 de noviembre de 2021, notificadas por correo electrónico a la casilla registrada a nombre de Catalán el 30 de noviembre de 2021, aunque ya estaba fallecido diez meses antes. Posteriormente, el 4 de mayo de 2022, se emitieron giros para cobrar las diferencias determinadas. La heredera Valeska Catalán Mansilla había solicitado el 27 de abril de 2021 ser notificada de actos administrativos, pero el SII no lo hizo.
El Tribunal resuelve que tiene competencia para conocer acciones de nulidad de actos administrativos conforme a la Ley 20.322. La notificación es actuación esencial para la validez de actos administrativos. La notificación dirigida a representante fallecido no es válida, pues la notificación por correo electrónico tiene carácter personal y debe dirigirse a quien efectivamente ostente la representación. El SII tenía conocimiento del fallecimiento y del nuevo representante designado judicialmente el 12 de julio de 2021. El error en la notificación vulnera requisitos esenciales del procedimiento
Acoge la reclamación y declara nula la notificación de las liquidaciones N° 85 y 86 y los giros 7719593 y 7719575. Se dejan sin efecto los actos administrativos impugnados. Se rechaza condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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