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Tribunal del Biobio
SALDIAS FICA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 21-02-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza el reclamo contra liquidaciones de IVA. El tribunal confirma el rechazo de crédito fiscal por facturas falsas de proveedores con irregularidades tributarias, al no acreditarse la efectividad material de las operaciones ni cumplirse requisitos del artículo 23 n°5 DL825.
Contribuyente apicultor reclama liquidaciones 717-720 del 18.12.2019 que rechazan crédito fiscal de 7 facturas emitidas por dos proveedores (Juan Carlos Gallardo Avello SpA y su EIRL). Las facturas corresponden a adquisiciones de madera, petróleo diésel y reparación de camión, pagadas en efectivo. El SII las calificó como falsas por irregularidades de los proveedores, falta de respaldo documental (guías de despacho) y conducta tributaria reprochable del emisor, quien fue imputado penalmente por delito tributario.
El tribunal establece que corresponde al contribuyente probar la efectividad de las operaciones conforme artículo 21 CT. Analiza el artículo 23 n°5 DL825 sobre crédito fiscal en facturas falsas, concluyendo que el contribuyente no acreditó el cumplimiento de sus requisitos: pago efectuado en efectivo (no cheque/transferencia nominativa), facturas sin guías de despacho respaldatorias, libro de compras autorizado extemporáneamente (14.08.2017 por hechos de 2016-2017). Además, los proveedores presentaban relación atípica débito/crédito, comportamiento tributario irregular y querella penal. El con
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones 717-720 del 18.12.2019. Se condena en costas al contribuyente. Se ordena al Director Regional cumplimiento administrativo de la sentencia.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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