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Tribunal del Biobio
ESCALONA VELOSO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CHILLAN
Fecha: 10-04-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo tributario por falta de acreditación del origen de fondos utilizados en inversión de $200.000.000 en acciones, documentada solo con instrumentos privados sin respaldo de transferencia bancaria efectiva.
Daniel Escalona Veloso reclamó contra liquidaciones n.°s 94 y 95 del SII (31.08.2020) que cuestionaron una inversión de $200.000.000 en 2.000 acciones de DYS Obras Civiles S.A., compradas el 28.07.2016 a Silvana Escalona Veloso. El contribuyente sostuvo que los fondos provinieron de una promesa de transferencia de acciones del 27.07.2016 celebrada con Guillermo Molina Acuña, quien supuestamente pagó en efectivo al contado. El SII rechazó esta acreditación por falta de prueba de transferencia efectiva de dinero y cuestionó la capacidad económica de Molina Acuña, cuyas rentas 2016 ascendieron so
El Tribunal estimó que los instrumentos privados (promesa y contrato de transferencia) por sí solos son insuficientes para probar el acto económico, requiriendo presunciones graves, precisas y concordantes. No consta transferencia efectiva del dinero ni depósito bancario alguno. Siendo una operación de $200.000.000 en efectivo, resulta dudosa la ausencia de resguardo bancario o comprobante de movimiento patrimonial. El testigo presencial no confirmó intercambio de dinero. Para aplicar la presunción de mantención de recursos (Circular 8/2000), debe acreditarse previamente que los fondos ingresa
Se rechaza el reclamo deducido. Se confirman las Liquidaciones n.°s 94 y 95 de 31.08.2020. No se condena en costas a la parte vencida por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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