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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Abarza González y otro con SII Dirección Regional Punta Arenas
Fecha: 16-05-2023 · Materia: Giro · Juez: Carla Andrea Ines Garbarino Arcaya
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra giros por impuesto global complementario por mayor valor en enajenación de derechos sociales, confirmando que hubo diferencia no declarada en venta de participaciones accionarias.
Jaime Ruy Abarza González y José Alfonso Abarza González, socios de Sociedad Constructora AES Limitada, enajenaron derechos sociales en febrero 2015 por montos declarados muy inferiores al capital propio tributario. El SII detectó en fiscalización AT 2016 que los valores de venta fueron significativamente menores al valor corriente en plaza. El 29 de agosto 2019, el SII emitió giros por impuesto global complementario ascendentes a $85.419.743 cada uno. Los contribuyentes reclamaron argumentando falta de fundamentación legal y ausencia de liquidación previa.
El tribunal acogió la prueba pericial del SII que demostró mediante muestreo de contribuyentes similares que la Constructora AES tenía valor superior al declarado. Se comprobó que Abarza González enajenó el 40% de participación por $3.200.000 cuando el capital propio tributario al 31.01.2015 era $779.235.629 (40% = $311.694.252). La muestra regional mostró que enajenaciones similares representaban 21,16% del capital propio tributario versus 8,59% declarado. Aplicando estos porcentajes resultó mayor valor de $213.549.358 gravado a tasa 40% = $85.419.743. La rectificación fue presentada por mand
Se rechazan los reclamos interpuestos por Abarza González contra los giros folio 3368341 y 3368507, ambos del 29 de agosto 2019, confirmando los impuestos determinados. Se condena en costas a los reclamantes por ser totalmente vencidos.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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