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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
ASESORIAS PROFESIONALES E INMOBILIARIA SAN ANDRES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de devolución de impuesto a la renta por deficiencia probatoria. Contribuyente no aportó antecedentes requeridos por SII para acreditar exactitud de declaración AT 2015.
Asesorías Profesionales e Inmobiliaria San Andrés Limitada presentó Declaración Anual de Impuesto a la Renta AT 2015 (folio 244618925) solicitando devolución de $3.423.658 por remanente de Pagos Provisionales Mensuales. SII emitió Carta Aviso requiriendo antecedentes para aclarar observaciones detectadas en la declaración. Ante falta de respaldo documental, SII rechazó la devolución mediante Resolución Exenta Nº 3034 de 27.12.2016, notificada 04.01.2017. Contribuyente interpuso Recurso de Reposición Administrativa Voluntaria, rechazado el 30.03.2017. Luego dedujo reclamo ante Tribunal Tributar
El Tribunal constata que el acto reclamado (Resolución Exenta SII Nº 3034) se funda en que la reclamante no acreditó la exactitud de su declaración. En sede administrativa ni judicial, la reclamante no aportó antecedentes requeridos por SII para desvirtuar las observaciones efectuadas. Aunque la reclamante reconoce errores en su declaración, sostiene que no los pudo corregir porque el sistema estaba bloqueado. El Tribunal estima que el derecho a devolución no es puro y simple, sino supeditado a verificación por SII de la correcta determinación de la Renta Líquida Imponible, aplicación de tasas
Se rechaza el reclamo. Se confirma íntegramente la Resolución Exenta Nº 3034 de 26.12.2017. No se condena en costas al estimarse que la reclamante tuvo motivos para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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